| En esta Sección aporta la información referente a Pagos y Remuneraciones. - Pago de Gratificaciones: Información referente a pagos de gratificaciones, fechas y lugares de pago
- Aguinaldos: Información de fecha de pagos de aguinaldos,
- Pagos de Licencia: La licencia médica da derecho al pago de un subsidio en los siguientes casos: Trabajador Dependiente: Tener un mínimo de 6 meses de afiliación previsional (AFP o INP) y 3 meses de cotización, dentro de los 6 meses anteriores al mes en que se inicia la licencia. Trabajador Dependiente con contrato diario por turnos o jornadas: Tener un mínimo de 6 meses de afiliación previsional (AFP o INP) y 1 mes de cotización, dentro de los 6 meses anteriores al mes en que se inicia la licencia.
Dondé se presenta la licencia Medica: Debe presentar la licencia médica a su empleador, dentro de los 3 días hábiles siguientes a su inicio, si pertenece al sector público y dentro de 2 días hábiles si pertenece al sector privado.
Cálculo del Pago de la Licencia Medica: Si pertenece al sector público, se mantiene el total de su remuneración mensual. Si pertenece al sector privado, el monto a pagar se calcula de acuerdo al promedio de las remuneraciones obtenidas dentro de los 3 meses anteriores al mes de inicio de la licencia. Si la licencia es menor o igual a 10 días, el subsidio se paga sólo desde el cuarto día.
Licencias Maternales e Hijo Enfermo: El período de la licencia pre natal es de 42 días antes de la fecha estimada de parto y la licencia post natal tiene una duración de 84 días después del parto. La licencia médica por enfermedad grave de un hijo menor a un año, consiste en que se le proporciona una licencia a la madre o al padre, en caso que ambos padres trabajen. Cualquiera de ellos y a elección de la madre, podrá gozar del permiso y subsidio. El subsidio correspondiente a estas licencias es de cargo del Fondo Único de Prestaciones Familiares, cuya administración compete a la Superintendencia de Seguridad Social y es cancelado a través de las Unidades de Subsidios de los Servicios de Salud o las Cajas de Compensación de Asignación Familiar.
Dirección COMPIN ANGOL: Arturo Prat Nº 323 Int. - ANGOL
- Asignacíones y Bonificaciones Especiales: Información de Asignaciones Especiales.
- Reconocimeinto de Cargas Asignación Familiar: La asignación Familiar es un subsidio estatal para las cargas legales de los trabajadores dependientes, pensionados y algunos trabajadores independientes.
Quienes son carga: 1. Cónyuge y Cónyuge inválido, en la forma que determine el reglamento. 2. Hijos biológicos y adoptados, hasta los 18 años ó 24 años, solteros, que sean estudiantes regulares de enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por éste. O bien por los hijos inválidos de cualquier edad. 3. Hijastros, es decir, hijos del otro cónyuge. 4. Nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por éstos (se les otorga el beneficio bajo los mismos requisitos que a los hijos). 5. Madre viuda. En este caso no hay requisito de edad, sin importar si lo es del padre del beneficiario o de otro marido. 6. Padres, abuelos u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad. 7. Niños huérfanos o abandonados en los mismos términos que los hijos y los inválidos que estén a cargo de instituciones del Estado o reconocidas por el Supremo Gobierno. 8. Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.
Reconocimiento de las cargas familiares El Reconocimiento es el proceso a través del cual el Beneficiario obtiene la autorización de la respectiva Asignación Familiar. - Trabajadores dependientes deben hacer el reconocimiento de la carga en el INP o Caja de Compensación de Asignación Familiar si el empleador está afiliado a una. - Trabajadores dependientes del sector público deben autorizar sus cargas ante el mismo empleador. - Trabajadores independientes con derecho a ello deben autorizarla ante el INP. Dónde debo ir A la Sucursal o Centro de Atención del INP más cercano a su domicilio, verificando en las planillas de pago de imposiciones que el empleador pague en el INP el aporte de Fonasa. Es requisito indispensable que el empleador no esté adherido a ninguna Caja de Compensación.
Qué documentos debe presentar: 1. Original y copia contrato de trabajo. 2. Original y copia de planilla de pago de imposiciones de AFP e INP del último mes cancelado. 3. Certificado de matrimonio (si desea incorporar al cónyuge). 4. Certificado de nacimiento de los hijos, si es a ellos a quienes incorpora.
Dónde se cobra: Existen distintas formas de cobrar la de Asignación Familiar, dependiendo del tipo de Beneficiario: - Trabajadores dependientes: paga el empleador junto con la remuneración, aunque el trabajador se encuentre en período de incapacidad laboral. - Trabajadores independientes: paga el INP. - Pensionados: paga la misma entidad que le paga la pensión. - Subsidios de cesantía: se les paga junto con el subsidio. | |