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Angol: sin profesores con evaluación insatisfactoriaCon cero por ciento de rechazo o, dicho de otra forma, sin calificaciones insatisfactorias concluyó el proceso “Evaluación del Desempeño Profesional Docente” 2008 en Angol. Notable. De los 75 profesores que rindieron el examen a partir de la segunda quincena de julio hasta principios de noviembre, 57 quedaron en nivel de desempeño competente, lo que equivale a un 76.0 por ciento del total; los destacados representan un 13.3 por ciento (10) y los básico llegan al 10.7 por ciento (8). Fuentes de la Dirección Comunal de Educación indican que no hubo insatisfactorios en relación al artículo 36 de la ley 20.079 ni objetados. GARANTIASAdemás de entregar información valiosa sobre la educación y proponer iniciativas destinadas a mejorar el aprendizaje, el proceso les otorga un privilegio a los profesores competentes al momento de participar en concursos y postular a una Asignación Variable por Desempeño Individual (AVDI) que incluye un reajuste remunerativo de hasta un 25 por ciento. Convengamos que la Evaluación está orientada al fortalecimiento de la profesión docente, con el propósito de contribuir al mejoramiento de los aprendizajes de los alumnos y alumnas. En concordancia con lo anterior, se espera que este informe sirva para orientar la toma de decisiones al interior del municipio y la elaboración de los Planes de Superación Profesional. EL PROCESOEn la presente versión fueron evaluados 16 mil docentes en todo Chile y en los cinco años de vida que lleva el proceso suman 52 mil. En 2008 fueron incorporados los docentes vinculados al área de educación diferencial y como es costumbre están considerados los subsectores de enseñanza prebásica, básica y media. RESTRICCIONESDe acuerdo a lo establecido en el artículo 10º del Reglamento sobre Evaluación Docente (Decreto Nº 192 de Educación), aquellos docentes cuyo resultado final corresponda al nivel de desempeño Insatisfactorio, deberán someterse a una nueva evaluación durante el presente año y si el evaluado errarara por tercera vez es resorte de la Dirección Comunal dar cumpliento a la ley que permite la dimisión del sistema. Lo mismo se aplica a los docentes que no cumplieron con la obligación de evaluarse en el año 2008. Como establece la Ley 20.079 promulgada el 14 de noviembre de 2005, en su Artículo 36º letra d), los docentes que, debiendo ser evaluados, se negaren a ello sin causa justificada, “se presumirán evaluados en el nivel de desempeño insatisfactorio, no tendrán derecho a los planes de superación profesional, mantendrán su responsabilidad de curso y la obligación de evaluarse al año siguiente. Si el desempeño en el nivel insatisfactorio se mantuviere por tercer año consecutivo de evaluación y cualquiera de ellos se deba a la aplicación de la presunción antes referida, el profesional dejará de pertenecer a la dotación docente del sector municipal, a más tardar al término del año laboral docente, sin derecho a percibir el bono anteriormente aludido”. Ver más sobre Evaluación Profesional en la página web www.docentemas .cl Sistema de Evaluación del Desempeño Profesional Docente 2008
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